BHN: SINCERAMIENTO FISCAL - Nota a sus clientes
Recordá que por medio de la Ley 27.260 se ha implementado un Régimen voluntario de Sinceramiento Fiscal y las tenencias en efectivo en el país en moneda nacional o extranjera, las podrás depositar en una cuenta especial bancaria hasta del 31 de octubre de 2016. Existen tres tipos de cuentas de acuerdo al destino que le quieras dar a los fondos: Cuentas para la suscripción de Bonos Este destino permite invertir los fondos en:
Cuentas para la adquisición de Fondos Comunes de Inversión: Este destino permite invertir en determinados Fondos Comunes de Inversión previstos en la Ley y también se encuentra exceptuada del pago del impuesto especial. El dinero deberá permanecer en los fondos por un plazo no menor a 5 años. Cuentas de PermanenciaLos fondos depositados en las mismas quedarán inmovilizados por un período mínimo de 6 meses o hasta el 31 de marzo de 2017, lo que resulte mayor. Estas cuentas permiten transferencias previas a dicho plazo o fecha, siempre que se destinen a la compra de inmuebles y de bienes muebles registrables en el país. |
¿Qué más se puede Sincerar? - Inmuebles - Muebles, acciones, participación en sociedades, derechos inherentes beneficiario de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares, toda clase de instrumentos financieros. - Demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico. Si requiere de financiamiento para pagar el impuesto derivado del Sinceramiento de cualquiera de estos bienes, Banco Hipotecario podrá otorgarle préstamos personales a tal efecto. ¿Cómo puedo adherirme al Sinceramiento? Para realizar la apertura de una cuenta especial por favor diríjase a cualquiera de nuestras Sucursales. Luego deberá continuar el trámite en AFIP con el CBU brindado por nuestra entidad. |
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