Por qué nombrar a tu pareja o amigo como cotitular de tu cuenta puede ser un error
Por qué nombrar a tu pareja o amigo como cotitular de tu cuenta puede ser un error
Una práctica habitual en muchos argentinos es la de nombrar a una pariente, amigo o incluso a la pareja como cotitular de una cuenta bancaria. Sin embargo, algunos especialistas recomiendan pensarlo dos veces porque la lista de cuestiones que pueden salir mal aumentan.
"La regla de oro que siempre le aconsejamos a los clientes es que nunca designe como titular o cotitular a alguien que nunca va a ser dueño (su madre/padre, hermano o un amigo) o que todavía no va a ser dueño de sus bienes (un hijo, por ejemplo)", explica Mariano Sardans, CEO de la administradora de fondos FDI. ¿Por qué? "Las siguientes son razones más que valederas: el riesgo que esa persona pueda ser involucrada en un juicio (mala praxis, laborales, penales, etc.); un mayor control y presión de los organismos fiscales; aumento significativo de las separaciones y divorcios; organismos gubernamentales que dan acceso online a información personal (fallecimientos por ejemplo); y un mundo digital donde todo se sabe, incluyendo cuentas en el exterior como hemos visto recientemente", enumera el especialista.
En cuanto a la estrategia de muchos ahorristas de poner a un amigo como cotitular, Sardans se pregunta: "¿Qé pasa si alguno de ellos se divorcia –siete de cada diez matrimonios fracasan- y se le ocurrió comentarle, en algún momento a su, ahora ex, que le pediste ser cotitular de una cuenta? ¿Cómo le demostramos a ella -o a él- que esa cuenta no era realmente de la sociedad conyugal sino que es tu dinero? Y si tu "amigo de toda la vida" tiene algún problema con el fisco, ¿cómo les explicamos a la AFIP que ese dinero nunca fue de él, sino tuyo? Lo mismo sucede con embargos o cualquier otro ataque legal que pueda sufrir tu “compañero de cuenta”.
De los impuestos nadie se salva, de la muerte tampoco
"Lo que pocos saben, especialmente quienes tienen cuentas en el exterior, es que cuando el cotitular fallece, las entidades financieras se enteran muy rápido y es imposible anticiparte y tratar de sacar los fondos de la cuenta, que por cierto es considerado un delito", narra Sardans y agrega: "Cuando se enteran que tu cotitular falleció, automáticamente te congelan la parte proporcional del difunto. ¿Y cómo se accede nuevamente a ese dinero? Muy simple, a través de la declaratoria de herederos. Es decir, un gran problema. ¿Y a quién le pagan después? Por supuesto, a los herederos. Es decir, debés reclamarle después a ellos".
¿Entonces? ¿Existe alguna solución? "Hay que pensar en lo que ya funciona y es cada vez más barato: los fiduciarios profesionales dedicados a servicios familiares", analiza el especialista. En ese sentido, suma: "Son entidades que se encargan de coordinar para que te llegue lo que necesitás en el lugar que lo necesitás. Y en caso de fallecimiento, son lo que le entregan lo tuyo a quien vos decidiste en el tiempo y las formas que vos quisiste. Y se encargan de rendirle cuenta de sus acciones, a la gente de confianza que previamente definiste".
Fuente: Apertura
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